14/5/12

Quien tenga ojos para leer, que lea


El presidente del Tribunal Superior Electoral advirtió que el recuento de votos no existe en ninguna legislación en materia electoral. Con esta precisión, Mariano Rodríguez deja claramente establecido que una vez las actas de votación son validadas por el colegio electoral correspondiente, adquieren un carácter definitivo, por lo que, en caso de que exista algún conflicto en este sentido, no se puede proceder al recuento ni al amparo de la Ley Electoral vigente ni del Tribunal Superior Electoral.
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